sábado, 14 de agosto de 2010

No hay cómo 'chatarrizar' los carros viejos en Colombia

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En el país no existe un programa para la desintegración física de vehículos particulares

Aunque es posible 'matar' un carro, tras el cumplimiento de unos complicados requisitos para cancelar la matrícula, no hay mecanismos para deshacerse del 'cadáver'.

Hasta ahora, según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, se están realizando mesas de trabajo con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial, con el fin de estudiar el tema.

El pasado miércoles, EL TIEMPO dio cuenta de la existencia de un automóvil Dodge Polara, que tiene una deuda con la Secretaría de Movilidad que sobrepasa los dos millones de pesos; desde hace siete años se está pudriendo en los patios de Suba junto a otros mil vehículos y hasta ese día nadie se había presentado a reclamarlo.

Esto, en cuanto a los vehículos que llevan años en poder de las autoridades bien porque sus dueños cometieron una infracción y nunca la cancelaron, como en el caso anterior; o estuvieron involucrados en un accidente, y en otros, porque se usaron para cometer algún tipo de ilícito.

Pero el otro caso tiene que ver con la situación que viven miles de propietarios de vehículos, que por falta de dinero para la reparación, no consecución de repuestos o un arreglo más costoso que el mismo valor del carro, entre otros motivos, tienen hoy sus vehículos guardados hace muchos años en un taller, montados sobre cuatro ladrillos en una calle, o abandonados en un potrero.

El problema tiene varias aristas: primero, eso carros todavía tienen la matrícula 'viva' y hacen parte del 'inventario' de automotores que ruedan por el país. Segundo, la tramitología y la legislación impiden a muchos deshacerse de esos carros; tercero, las deudas en impuestos, parqueadero o multas de tránsito son muy superiores a su valor; cuarto, no hay mecanismos ni programas para la 'chatarrización'.


Impuestos, multas, requisitos...

Pedro Ferreira* tuvo un accidente en su automóvil Renault Megane modelo 2009. El arreglo le cuesta cerca de 10 millones de pesos, dinero con el que no cuenta. El problema que tiene ahora es que fue a vender el carro en esas condiciones pero no pudo porque le exigen la revisión técnico mecánica.

"No la tenía porque el carro no ha cumplido los dos años para hacer ese trámite. Me dicen que es un documento obligatorio para poder hacer el traspaso. No entiendo porqué piden un papel que nada tiene que ver con la comercialización, tiene que ver con la circulación del vehículo. Ahora tengo mi carro tirado en el garaje esperando una solución", cuenta Ferreira.

Oscar Ortiz* tiene un Mercedes Benz modelo 72 guardado. Hoy le valen más los impuestos que el carro, por eso decidió chatarrizarlo, pero para eso debe 'ponerlo al día' no solo en impuestos, pues también hay que ponerlo a andar, es decir, hay que repararlo. "Sumando lo que debo en impuestos y lo que me cuesta la reparación, perfectamente me puedo comprar otro carro".

Ortiz intentó vender el carro, pero se encontró con otros problemas. Debe pagar los impuestos; estar inscrito en el Runt y tener al día el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y la revisión técnico mecánica. Así las cosas, el carro seguirá engrosando las estadísticas del parque automotor colombiano.

Y aún si Ortiz decidiera cancelar la matrícula de su Mercedes se encontraría con otro problema pues la misma legislación lo impide. Según la Secretaría de Movilidad las malas condiciones mecánicas de un automotor, no son causal de cancelación de matrícula (pues el mismo puede repararse y circular).

En efecto, el Código Nacional de Tránsito en su artículo 40 señala al respecto: "La licencia de tránsito de un vehículo se cancelará a solicitud de su titular por destrucción total del vehículo, pérdida definitiva, exportación o reexportación, hurto o desaparición documentada sin que se conozca el paradero final del vehículo, previa comprobación del hecho por parte de la autoridad competente".

Por lo anterior, agrega la SDM, "en caso que el propietario del vehículo no quiera continuar circulando con éste, deberá realizar la desintegración física del automotor, en una empresa conformada para ello". (Ver requisitos para cancelación de matrícula).

Si logra cumplir con todos los requisitos, el carro seguirá en el mismo sitio donde ha estado los últimos años sin moverse pues solamente hay programas para desintegración de vehículos de servicio público, en donde también hay requisitos curiosos como que el automotor debe llegar por sus propios medios, es decir andando al 'cementerio'.

Aunque, conocedores del tema le dijeron a Vehículos que sí se puede 'chatarrizar' un carro particular con el cumplimiento de todos los requisitos legales. Con la certificación de las autoridades el propietario puede llevarlo a una siderúrgica o venderlo por pedazos a recicladores, algo que los expertos no recomienda porque no sabe que uso le den a las autopartes.


Requisitos para la cancelación de matrícula en Bogotá
Para la cancelación de matrícula de vehículos particulares registrados en Bogotá, por esta causal (desintegración física), deberá allegar a cualquiera de los 12 Puntos de Atención SIM de la ciudad, entre otros, los siguientes documentos:

Formulario de Solicitud de Trámite, diligenciado con las instrucciones señaladas en el reverso del documento (se entrega de forma gratuita o vía web en www.simbogota.com.co).
Cuando en el trámite intervengan personas jurídicas, original o fotocopia simple del certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio, la Superintendencia Bancaria o de Sociedades, Alcaldía u Organismo público, con no más de 90 días calendario de expedido.
Original de la Licencia de tránsito (tarjeta de propiedad), o formulario diligenciado "constancia de pérdida de documentos" o denuncia por hurto.
Estar a paz y salvo del pago de impuestos sobre vehículos automotores
Estar inscritos en Runt.
Estar a paz y salvo por infracciones de tránsito.
Presentar el recibo de pago de los derechos del trámite ($9.700)

Cancelación matrícula por destrucción total*

Para la cancelación de la matrícula de un vehículo automotor por destrucción total, a causa de la desaparición en las aguas de un río, en el fondo de un abismo, por desastre de origen natural, por causa de actos terroristas, por motín, sedición o asonada, se cumplirán los requisitos de carácter general previstos en la presente norma, anexando como documentos probatorios del hecho, los siguientes:

Certificación expedida por el jefe seccional de la Policía Judicial e Investigación de la Policía Nacional.

Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaración de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado. En caso contrario por perito nombrado bajo las costas de los propietarios del vehículo automotor, por la autoridad de tránsito o por la autoridad judicial que corresponda.

Para los casos de destrucción total o pérdida definitiva se debe anexar original o copia auténtica del documento que determine que el chasis no puede ser recuperado, o cuando por disposición legal se determine su destrucción.

Original de la licencia de tránsito o en caso contrario, la declaración por escrito sobre la pérdida del documento.


Cancelación por hurto o desaparición documentada, pérdida definitiva

Documento expedido por la autoridad judicial competente donde, certifique que se desconoce el paradero final del vehículo automotor.
Original de la licencia de tránsito o en caso contrario la declaración por escrito de la pérdida del documento, siempre que en la denuncia por hurto del vehículo automotor no exista referencia expresa acerca de la pérdida de la Licencia de Tránsito.
Certificación de la autoridad competente sobre la no recuperación del vehículo automotor.

Por destrucción total a causa de accidente de tránsito

Copia auténtica del informe de tránsito emitido por la autoridad que lo atendió.

Certificación de la ocurrencia del hecho emitida por el Comandante de la Policía de Carreteras o, en su defecto, la expedida por el Comandante del Distrito de la Policía nacional de la jurisdicción según corresponda.

Certificación técnica de la Sijin o Dijin en la que se detallen las características de identificación del vehículo que sean posibles o de no serlo se exprese tal condición.

*Resolución 04775 del 10 de octrubre de 2009


Los términos legales de 'la chatarrización'

Desintegración física total: es el proceso de destrucción controlada de todos los elementos componentes del vehículo, hasta convertirlos en chatarra.

Destrucción total del vehículo: Entiéndase por destrucción total, cuando en el siniestro un vehículo pierde su capacidad de funcionamiento técnico mecánico, su chasis sufre un daño tal que técnicamente sea imposible su recuperación y que obliga a la cancelación de su matrícula o registro.

Pérdida total del vehículo: Entiéndase por pérdida total, cuando en el siniestro un vehículo no pierde su capacidad de funcionamiento técnico mecánico que le impida realizar transacciones comerciales y no obliga a la cancelación de su matrícula o registro.

Los carros asegurados

A los propietarios de carros particulares que los tienen asegurados les va mejor y se pueden deshacer más fácilmente de lo que queda del vehículo cuando este sufre graves daños y la compañía lo declara como pérdida total daños.

Una vez se cumpla con todos los requisitos y trámites ante la aseguradora y el peritaje determine que se debe afectar el amparo de pérdida total daños, el propietario debe traspasar el carro a la compañía y ésta procede al giro de la indemnización del valor pactado.

La compañía aseguradora decide, de acuerdo a su estado, si el vehículo es para aprovechamiento de repuestos, o si se vende como salvamento (para que terceros lo reparen y comercialicen).

Si el carro queda inservible, hay que quitarle (recortar) los pedazos del chasis y motor en donde están los elementos de identificación y luego se envía a una siderúrgica.

F eltiempo.com

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